Protección de datos en Chile: el riesgo que las empresas deben gestionar

La nueva Ley N° 21.719 cambió el estándar en materia de datos personales en Chile. Hoy, cualquier empresa que trate información de clientes, trabajadores o usuarios enfrenta riesgos legales, reputacionales y de fiscalización que exigen orden, control y capacidad real de respuesta.

La protección de datos dejó de ser un tema técnico


En 2026, el tratamiento de datos personales dejó de ser un tema técnico o informático para transformarse en un
riesgo legal y reputacional real para las empresas. Hoy, cualquier organización que maneje datos de clientes, trabajadores o usuarios —aunque sea de forma básica— está expuesta a fiscalizaciones, reclamos y exigencias de cumplimiento que van mucho más allá de tener una política estándar o una cláusula en los contratos.

La nueva Ley de Protección de Datos Personales elevó el estándar de manera clara. Ya no basta con decir que se cumple. La ley exige orden, control y capacidad de respuesta frente a reclamos, fiscalizaciones o incidentes de seguridad.

Una situación frecuente en las empresas


En la práctica, es común encontrar empresas que funcionan adecuadamente desde lo comercial y laboral, pero que no han identificado formalmente qué datos personales tratan, no han definido responsables internos ni han revisado jurídicamente las plataformas tecnológicas que utilizan.

Cuando la autoridad o un titular de datos solicita información, la empresa suele tener dificultades para explicar:

  • Qué datos maneja
  • Con qué finalidad los utiliza
  • Cuál es la base legal del tratamiento
  • Qué medidas de seguridad ha implementado

Ese vacío organizacional, por sí solo, ya constituye un riesgo relevante.

En 2026, el tratamiento de datos personales dejó de ser un asunto meramente técnico o informático para transformarse en un riesgo legal y reputacional concreto para las empresas. Hoy, cualquier organización que maneje datos de clientes, trabajadores o usuarios —incluso de forma básica— puede enfrentar fiscalizaciones, reclamos y exigencias de cumplimiento que superan ampliamente la simple existencia de una política estándar o una cláusula contractual.

La nueva Ley de Protección de Datos Personales elevó el estándar de forma clara: ya no basta con declarar cumplimiento. La normativa exige orden interno, trazabilidad y capacidad real de respuesta frente a reclamos, fiscalizaciones o incidentes de seguridad.


Relevancia para la gerencia y la dirección


Este escenario es especialmente relevante para la alta administración. La protección de datos personales no es un asunto operativo aislado, sino una dimensión del gobierno corporativo y de la gestión integral de riesgos del negocio.


Cómo abordan el tema muchas empresas


Las sanciones, las medidas correctivas y el daño reputacional pueden impactar directamente la operación y la confianza de clientes, trabajadores y socios estratégicos. Además, el nuevo marco normativo exige algo concreto: demostrar control efectivo sobre los procesos, no solo contar con documentos formales que no reflejan la realidad operativa.

En muchas organizaciones, la protección de datos se aborda de manera reactiva. Se incorporan avisos genéricos o políticas estándar sin un análisis específico del negocio ni de los riesgos asociados al tratamiento de información personal.

Este enfoque suele generar falta de trazabilidad, debilidad frente a auditorías o fiscalizaciones y exposición innecesaria ante reclamos que podrían haberse prevenido. En la práctica, el mayor riesgo no siempre es la multa, sino la pérdida de confianza de quienes entregan sus datos a la empresa.

Marco legal aplicable


La Ley N° 21.719, publicada en diciembre de 2024, moderniza el régimen de protección de datos personales en Chile y crea una autoridad especializada, con entrada en vigor plena en diciembre de 2026.

La normativa establece que el tratamiento de datos personales debe:

  • Responder a una finalidad clara y lícita
  • Contar con una base legal válida
  • Incorporar medidas de seguridad proporcionales
  • Garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los titulares

El estándar es preventivo y exige que el cumplimiento sea demostrable.

Un enfoque razonable para las empresas


Cumplir con la ley no implica burocratizar ni obstaculizar la operación. La clave está en implementar un modelo de cumplimiento proporcional al tamaño y complejidad del negocio, integrado al sistema de compliance y gestión de riesgos ya existente.

Definir responsables internos, ordenar procesos y revisar periódicamente el tratamiento de datos personales permite reducir contingencias y responder con mayor seguridad ante fiscalizaciones o incidentes.

La protección de datos personales ya no es una cuestión opcional ni meramente formal. Es parte de la gestión responsable de cualquier empresa.

Anticiparse permite ordenar procesos, reducir riesgos y evitar decisiones apresuradas frente a fiscalizaciones o reclamos.

Si tu empresa trata datos personales de clientes, trabajadores o usuarios, en Martínez & Rodas Abogados podemos ayudarte con un diagnóstico legal acotado para identificar brechas reales y definir prioridades de acción alineadas con la estructura de tu negocio, sin interferir en la operación diaria.

*Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoría legal. La información aquí contenida puede no reflejar la totalidad de las particularidades de un caso concreto. Para un análisis específico, te recomendamos contactarnos directamente.

Artículos Relacionados

Laboral Corporativo

Cumplir con la Ley Karin no es solo una obligación legal, sino una herramienta para fortalecer el clima laboral. Este checklist resume los puntos clave que toda PYME debería revisar hoy.