Litigación Estratégica

El Arresto como Medida de Apremio para Madre que Niega Visitas a Padre de Hija en Común

En esta oportunidad estudiaremos la reciente decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción en la causa ROL 410-2023, de aplicar el arresto como una medida de apremio a una madre que negaba las visitas de forma injustificada al padre de su hija en común.
 
El fallo de la Corte tiene la particularidad de pronunciarse sobre una medida de apremio en contra de una madre. La tradición cultural nos ha predispuesto a que los incumplimientos provengan (generalmente) de los padres, lo que en esta oportunidad es al revés.
 
Para el entendimiento de estos hechos, debemos tener presente la relación directa y regular, trata del derecho y deber de visitas que le asiste al padre o madre que no tiene el cuidado personal de su hijo/a.
 
El régimen de relación directa y regular puede ser ordinario y/o extraordinario, lo que se determina de acuerdo con la edad del hijo, la vinculación afectiva entre las partes, y cualquier otro elemento relevante en consideración al interés superior del hijo.
 
Respecto de las visitas, idealmente deben estar reguladas de forma específica y clara ante los Tribunales de Familia de Justicia, para ejercer un debido cumplimiento y supervisión del régimen establecido.
 
Dicho esto, los sentenciadores pudieron acreditar que, en el caso particular, la madre constantemente impedía que el padre pudiera cumplir las visitas. Incluso, ya había sido apremiada con multas en su contra, sin éxito de disuasión en su actuar.
 
Si bien el fallo fue dividido, a juicio de la Corte, la madre de forma infundada se mantenía renuente a cumplir con el régimen de visitas, afectando el interés superior de la niña, y, como los apremios anteriores no modificaron su actuar, decidieron aplicar la medida de arresto de 5 días en su contra.
 
Por una parte, este fallo nos permite visibilizar una situación que afecta a muchas familias, en las que se impide cumplir las visitas designadas por el Tribunal, sin razones justificadas. En muchas oportunidades, no se hacen efectivos mecanismos de presión para obligar a la contraparte a cumplir con el régimen de visitas, a diferencia de lo que ocurre con la pensión de alimentos, donde el mecanismo es robusto y certero.
 
Así las cosas, la sentencia también refuerza la primacía del interés superior de los niños en las causas de Derecho de Familia, coincidiendo con nuestra legislación y los pactos internacionales sobre los derechos del niño.
 
Finalmente, esta decisión fue confirmada por la Corte Suprema, por lo que corresponde que Policía de Investigaciones pueda concretar la medida de arresto en contra de la madre.

Rol-N°–ICA-Concepcion

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